Edición 11|2024
Les compartimos las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación durante la semana del 11 al 15 de marzo de 2024, que impactan el Comercio Exterior y Operación Aduanera.
Publicaciones en el Diario Oficial de la Federación
Miércoles 13
Acuerdo por el cual se da a conocer el informe sobre la recaudación federal participable y las participaciones federales, así como los procedimientos de cálculo, por el mes de febrero de 2024 y por el ajuste de participaciones del tercer cuatrimestre de 2023.
Acuerdo que modifica al diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas.
Resolución Preliminar del procedimiento administrativo de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de tubería de acero al carbono sin costura originarias de la República de Corea, el Reino de España, la República de la India y Ucrania, independientemente del país de procedencia, y del compromiso de precios asumido por la exportadora Tubos Reunidos Group, S.L.U.
Jueves 14
Aviso mediante el cual se da a conocer el ajuste ordinario de diciembre de 2023 al monto del cupo máximo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2023, Almacenamiento y manejo de materiales mediante el uso de maquinaria-Condiciones de seguridad en el trabajo.
Viernes 15
Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes, los montos del estímulo fiscal y las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios, así como las cantidades por litro aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, correspondientes al periodo que se especifica.
Resolución Preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de clavos de acero para concreto originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
Listado de documentos en revisión, dictaminados, autorizados, exentos y con opinión por parte de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria en el periodo comprendido entre el 1 y el 29 de febrero de 2024.
Tesis y Jurisprudencias
Registro digital: 2028429
Undécima Época
Materia(s): Constitucional, Administrativa
Tesis: 1a./J. 47/2024 (11a.)
Instancia: Primera Sala
Tipo: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Publicación: Viernes 15 de marzo de 2024 10:18 horas
EXCEPCIÓN AL SECRETO BANCARIO. Alcances de la expresión "para fines fiscales", prevista en la fracción iv del artículo 142 de la ley de instituciones de crédito.
Registro digital: 2028427
Undécima Época
Materia(s): Constitucional
Tesis: 1a./J. 48/2024 (11a.)
Instancia: Primera Sala
Tipo: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Publicación: Viernes 15 de marzo de 2024 10:18 horas
EXCEPCIÓN AL SECRETO BANCARIO. La facultad de las autoridades hacendarias federales de requerir información bancaria para comprobar obligaciones fiscales, sin que medie autorización judicial, no vulnera desproporcionadamente el derecho a la vida privada.
Registro digital: 2028428
Undécima Época
Materia(s): Constitucional, Penal
Tesis: 1a./J. 49/2024 (11a.)
Instancia: Primera Sala
Tipo: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Publicación: Viernes 15 de marzo de 2024 10:18 horas
EXCEPCIÓN AL SECRETO BANCARIO. La información bancaria que recaben las autoridades hacendarias federales para fines fiscales puede formar parte de la denuncia o querella que formulen por delitos cometidos en contra del fisco federal, aun cuando no haya sido obtenida mediante control judicial previo.
Registro digital: 2028410
Undécima Época
Materia(s): Administrativa
Tesis: III.2o.A.5 A (11a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Publicación: Viernes 15 de marzo de 2024 10:18 horas
APORTACIONES AL RÉGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS). No son deducibles para efectos del impuesto sobre la renta.
Registro digital: 2028433
Undécima Época
Materia(s): Administrativa
Tesis: III.1o.A.24 A (11a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Publicación: Viernes 15 de marzo de 2024 10:18 horas
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA TASA DEL 0 % DE ESA CONTRIBUCIÓN ES APLICABLE A LA ASISTENCIA TÉCNICA.
Publicaciones en el Portal ANAM
Comunicado de prensa 005/2024
Ciudad de México, 12 de marzo de 2024
Sobre el horario estacional de verano y la operación aduanera en la franja fronteriza del norte de México
De acuerdo con lo establecido en el Decreto por el que se expide la Ley de los Husos Horarios en los Estados Unidos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de octubre de 2022, se ha implementado un horario estacional en algunos estados y municipios de la frontera norte del país. Este ajuste surtió efecto desde las 2:00 horas del domingo 10 de marzo, y permanecerá vigente hasta las 2:00 horas del domingo 3 de noviembre, 2024.
En este sentido, las aduanas ubicadas en esta región modificarán su horario de funcionamiento en apego a dicha disposición, por lo que las horas hábiles para la entrada y salida de mercancías, personas y medios de transporte del territorio nacional podrían ser distintos a los publicados en el Anexo 4 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024.
Esta medida busca facilitar la coordinación logística y garantizar un flujo eficiente en las operaciones comerciales transfronterizas. Se recomienda a la comunidad empresarial, así como a importadores, exportadores y personas usuarias del comercio exterior a que tomen nota sobre estos ajustes y planifiquen sus actividades. Los municipios que tendrán ajustes son:
• Baja California: San Quintin, Tecate, Tijuana, Ensenada, Mexicali y Playas de Rosarito.
• Chihuahua: Guadalupe, Janos, Juárez, Manuel Benavides, Ojinaga, Pradexis Guerrero, Ascención y Coyame del Sotol.
• Coahuila: Jiménez, Morelos, Nava, Ocampo, Piedras Negras, Villa Unión, Zaragoza, Acuña, Allende, Hidalgo y Guerrero.
• Nuevo León: Anáhuac.
• Tamaulipas: Miguel Alemán, Mier, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso, Camargo, Guerrero, Gustavo Díaz Ordaz y Matamoros.
Publicaciones en el Portal de la Secretaría de Economía
Comunicado no. 011
Ciudad de México, 14 de marzo de 2024
México y Suecia fortalecen relaciones comerciales, cooperación y lazos de amistad
Al participar en la inauguración del Foro de Negocios México-Suecia “Innovando un futuro sostenible”, que contó con la presencia de los reyes Carlos XVI Gustavo y Silvia de Suecia, el subsecretario de Comercio Exterior, Alejandro Encinas Nájera, señaló que este encuentro será un impulso signicativo para el comercio y las inversiones sostenibles entre ambas naciones.
Detallandose que México ofrece oportunidades incomparables para los inversionistas gracias a su posición geográca estratégica, su amplia red de tratados comerciales y al talento y compromiso de las y los trabajadores mexicanos.
“Somos una nación joven, trabajadora y cada vez más especializada, lista para aprovechar al máximo, tanto el nearshoring como nuestras relaciones comerciales privilegiadas con Suecia y con la Unión Europea”, expresó.
Se aseguró que México aspira a tener inversiones sostenibles que aporten conocimiento y tecnología, empleos bien remunerados, que reduzcan el impacto ambiental, contribuyan a la transición de energías verdes y sean responsables con las comunidades locales.
A las empresas suecas les reiteró el pleno respaldo de la Secretaría de Economía para la materialización de sus proyectos de inversión, ya que las puertas siempre estarán abiertas para apoyarles en el proceso.
Ambas naciones celebran una relación económica que se remonta a 1904, marcada por la cooperación y el intercambio comercial fructífero. Un hito fundamental en esta relación es el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea (TLCUEM), que ha facilitado el ujo de bienes y servicios entre los dos países.
De 2006 a 2023, la inversión sueca en México ha sido por el orden de mil 959 millones de dólares, en sectores clave como la industria del plástico, equipos de generación eléctrica e industria del papel.
Entre los ejemplos de empresas suecas que han contribuido al desarrollo económico y tecnológico de México se encuentran Ericsson, Svenska Cellulosa Aktiebolaget, Electrolux y Tetra Pak.
En cuanto al comercio bilateral, las exportaciones de México a Suecia han experimentado un crecimiento constante, con una tasa media del 4.6 por ciento en los últimos 10 años y una variación signicativa del 14 por ciento de 2022 a 2023.
La Secretaría de Economía rearma su compromiso de continuar fortaleciendo la relación económica y promover la colaboración en áreas clave como el comercio, la inversión y la innovación entre ambas naciones.
Comunicado no. 012
Ciudad de México, 14 de marzo de 2024
Economía rechaza medidas de etiquetado "Producto de Estados Unidos" que impactan negativamente en el comercio bilateral con México
La Secretaría de Economía rechaza el reciente anuncio del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) respecto a la nalización del procedimiento de la regla de etiquetado "Product of USA".
La restricción al uso de la etiqueta "Producto de Estados Unidos" a productos derivados de animales nacidos, criados, sacricados y procesados exclusivamente en Estados Unidos es discriminatoria a los productores mexicanos y podría crear barreras en cadenas de producción binacionales, en particular, a las exportaciones mexicanas de ganado de bovino en pie y carne de res y sus derivados, las cuales, en 2023, ascendieron a 3 mil millones de dólares (mdd).
Esta medida amenaza con generar efectos disruptivos en las cadenas alimentarias, así como complicaciones logísticas y costos adicionales, los cuales, en última instancia, terminarían pagando los productores mexicanos, pero sobre todo los consumidores estadounidenses.
Por lo anterior, la medida contraviene los principios de integración económica que fundamentan al Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), y es contraproducente en un momento en el que como nunca antes se ha intensificado el encadenamiento productivo entre las tres naciones de América del Norte.
La Secretaría de Economía insta a las autoridades estadounidenses a reconsiderar esta regla y a intensicar el diálogo con sus contrapartes mexicanas para evitar repercusiones negativas en el comercio bilateral.
De hecho, los etiquetados de origen han sido temas recurrentes en nuestra relación comercial. Basta recordar que desde el año 2002, una medida de esta índole impulsada por Estados Unidos fue declarada improcedente por la Organización Mundial del Comercio (OMC). En aquel entonces, la resolución final cuantifiicó la afectación a México por 227 millones de dólares. Años después, Estados Unidos decidió retirar la medida con el fin de acatar el fallo y evitar la imposición de costosas retaliaciones.
México reitera su rme compromiso con el diálogo constructivo como el camino predilecto para resolver diferencias con su principal socio comercial. Sin embargo, en aras de salvaguardar los derechos de nuestros productores y mantener un ujo comercial justo y libre de discriminaciones, analiza cuidadosamente la posibilidad de utilizar los mecanismos disponibles tanto en el T-MEC como en la OMC con el objetivo de garantizar que Estados Unidos cumpla con sus compromisos en materia de Obstáculos Técnicos al Comercio.
Publicaciones en el Portal CONAMER
15-marzo-2024
Acuerdo por el que se dan a conocer los requisitos que deberán cumplir los interesados en importar la mercancía clasicada en las fracciones arancelarias 701.13.01, 1701.14.91, 1701.91.04 Y 1701.99.99, al amparo del Programa de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación (IMMEX).
12-marzo-2024
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-137-SSA1-2024. ETIQUETADO DE DISPOSITIVOS MÉDICOS
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Boletín por:
Equipo de Comercio Exterior y Aduanas
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